key: cord-1050822-phd4vj2y authors: Laporta, Emilio Donat; Tena, Eduardo Andreu; Olmedo, Carmen Baladía title: Afectación De La Pandemia Por Covid-19 En Los Servicios Médico Forenses De Madrid (España) date: 2020-05-11 journal: nan DOI: 10.1016/j.reml.2020.05.003 sha: ae124f0ddf186f799e22a5748918628aeb754c0e doc_id: 1050822 cord_uid: phd4vj2y ABSTRACT The Community of Madrid has been the hardest hit by the COVID-19 pandemic.The recent launch of Madrid´s Institute of Legal Medicine and Forensic Sciences, has forced its precarious structure to manage this situation, through the establishment of agreements and operational guidelines, which have prevented it from collapsing.These measures, also promoted by the different Services, but in particular, those adopted by the Pathology Service, have helped to avoid this situation.Special measures had to be adopted for the management of corpses in the Community of Madrid, with the opening of temporary morgues to deal with the high number of deaths.A comparative study of the number of deaths, according to forensic medical aetiology, was carried out between 2019 and 2020, in the period between March 9 to April 20. These measures, also promoted by the different Services, but in particular, those adopted by the Pathology Service, have helped to avoid this situation. Special measures had to be adopted for the management of corpses in the Community of Madrid, with the opening of temporary morgues to deal with the high number of deaths. A comparative study of the number of deaths, according to forensic medical aetiology, was carried out between 2019 and 2020, in the period between March 9 to April 20. Keywords: Community of Madrid; management; corpses; Services; Pathology Introducción Mediante el Decreto 37/2006, de 4 de mayo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid1, se creó el Instituto de Medicina Legal de la Comunidad de Madrid, y se aprobó su Reglamento, una vez asumido, en virtud de los RD 1429/2002, de 27 de diciembre y 600/2002, de 1 de julio, el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid. El Decreto 50/2015 de 21 de mayo, del Consejo de Gobierno2, modifica el anterior en aspectos relativos a la estructura de determinados Servicios y Secciones. La preceptiva aprobación de la RPT (Relación de Puestos de Trabajo) del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forense de la Comunidad de Madrid (en adelante IMLCFCM), publicada en la Orden 123/2019, de 27 de septiembre, de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas3, supone el paso previo necesario para que en el BOCM número 36 (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid), se publique la Orden 12/2020, de 21 de enero4, por la que se dispone la entrada en funcionamiento del Instituto del IMLCFCM, a partir del 1 de febrero de este año. Desde este punto de partida, la Dirección del IMLCFCM estableció una serie de medidas encaminadas a hacer frente a la situación de emergencia, siendo Madrid la Comunidad Autónoma con más casos registrados y por tanto necesitando adoptar de forma urgente medidas para evitar el colapso de los servicios, principalmente en relación a la dotación de las guardias y al mantenimiento de un Servicio de Patología operativo y adaptado a las actuales circunstancias. A las medidas adoptadas, en forma de comunicaciones, acuerdos, instrucciones y recomendaciones, intrainstitucionales e interinstitucionales, vinculadas con el inicio del funcionamiento del IMLCFCM, se han sumado otras, relacionadas con la situación de pandemia, motivadas por la necesidad de dar una respuesta ante diferentes situaciones que se han ido generando, en el contexto de un panorama cambiante día a día. Es posible distinguir tres áreas de actuación fundamentales en las decisiones adoptadas por el IMLCFCM en relación con la pandemia COVID-19: 1. Acuerdos, comunicaciones, recomendaciones e instrucciones para el personal del IMLCFCM:  Protocolo de actuación frente a casos de infección por el nuevo coronavirus, de fecha 13 de febrero de 2020. En el que se establecían las medidas a adoptar en relación al tratamiento de cadáveres, establecido con la colaboración de Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y revisado por el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias.  Reorganización de las actividades del Servicio de Clínica Médico Forense, con supresión de las consultas programadas a partir del 11 de marzo, manteniendo únicamente aquellas actuaciones derivadas de necesidades urgente, sin posibilidad de demora.  Reorganización de las actividades del Servicio de Especialidades Médico Forenses, con supresión de las consultas programadas a partir del 11 de marzo, manteniendo únicamente aquellas actuaciones derivadas de necesidades urgente, sin posibilidad de demora.  Recomendaciones para la prevención de la infección por coronavirus COVID-19 de los médicos forenses, en actividades de Clínica y de Guardia, en relación con el sujeto vivo (10.03.20).  Instrucciones relativas a la conducta idónea ante un levantamiento de cadáver (10.03.20) y centralización de las autopsias forenses sospechosas de COVID-19 en el Servicio de Patología del IMLCFCM.  Normas de actuación del Laboratorio Forense en relación con la gestión de muestras a analizar con finalidad toxicológica y bioquímica de urgencia. (11.03.20)  Instrucción por la que se establecen los servicios mínimos en el IMLCFCM. (13.03.20)  Acuerdo de modificación del sistema de guardias en el IMLCFCM que afecta al Área II (periferia de la Comunidad), con la creación de 7 sectores territoriales e implantación de guardias de 24 horas en la totalidad de la Comunidad de Madrid, previa autorización de la DGRHRAJ y con comunicación al Presidente del  Asunción del control del cumplimiento del horario y de la tramitación de solicitudes de vacaciones, permisos y licencias a través de la aplicación informática para control horario "Fichajes y Vacaciones" (FIVA).  Control de bajas laborales y exenciones para determinadas actividades médico forenses como consecuencia de la pandemia COVID-19.  Regulación de sustituciones y aprobación de acuerdos intrasectoriales en los partidos judiciales como consecuencia de la Sectorialización del Área II e implantación del sistema de guardia de 24 horas.  Interrupción del proceso electoral convocado mediante Resolución de 31 de enero de 2020, de la DGRHRAJ, por la que se convoca y se regula el proceso de elección de tres médicos forenses como miembros del Consejo de Dirección del IMLCFCM.  Gestión de la certificación de las Guardias de 24 horas en Área II establecidas mediante Acuerdo de 19 de marzo.  Gestión de los medios de desplazamiento necesarios para el traslado del médico forense en las Guardias de 24 horas establecidas mediante Acuerdo de 19 de marzo.  Gestión de los medios materiales, desde su petición hasta su remisión a las diferentes sedes, específicamente: Equipos de Protección Individual (guantes, mascarillas, batas desechables, gafas de protección, delantales impermeables, calzas de protección), mamparas de protección y geles desinfectantes. Se incluye la obtención de test de detección rápida para su empleo en el Laboratorio Forense. 3. Gestión interinstitucional:  Acuerdos con la Red de Vigilancia Epidemiológica de la Comunidad Madrid, SUMMA y SAMUR, en estos dos últimos casos, dirigidos fomentar la emisión de certificados médicos de defunción en casos de muerte natural relacionados o potencialmente relacionados con COVID-19.  Elaboración de un modelo de certificado de defunción a emplear por SAMUR con el aval de la Dirección del IML  Integración en la Comisión de Seguimiento COVID-19, presidida por el Presidente del TSJM conformada por el Fiscal Jefe de Madrid, los Jueces Decanos de Madrid, Secretario Coordinador Provincial de Madrid, Director General de DGRHRAJ, Secretario de Gobierno del TSJM y Gabinete de Comunicación del TSJM.  Traslado de los acuerdos, recomendaciones e instrucciones emitidos por el IMLCFCM a la DGRHRAJ, TSJM y Decanatos dependientes del mismo. Muchas de las medidas anteriores, relacionadas con el estado de emergencia suscitado por la pandemia COVID-19, adoptadas inicialmente por la Dirección y alguna de ellas consensuadas por las Jefaturas de Servicio del IMLCFCM han estado encaminadas a evitar el colapso en la capacidad de respuesta institucional médico-forense, y al mismo tiempo, a proteger a los médicos forenses integrados en el IMLCFCM. Como ejemplo de la primera, cabe mencionar el mencionado Acuerdo para el refuerzo y modificación del turno de verificación y adecuación de los certificados médicos de defunción a la normativa existente en el Área I (Madrid capital), aprobado en fecha del 26 de marzo. El aumento progresivo de la presión en el número de incidencias derivadas de fallecimientos relacionados con el COVID-19, que solamente en el Área I (Madrid), obligó a gestionar, junto con otras instituciones, la existencia y destino de hasta 51 cadáveres diarios, también tuvo su reflejo en el enorme incremento del número de certificados de defunción que se emitieron y que posteriormente trataremos. La obligación diaria de su visado médico forense, derivada de un mandato judicial, permitió realizar un seguimiento cuantitativo del número de certificados médicos sometidos a examen que, como consecuencia, motivó la adopción de un Acuerdo específico relativo al turno de verificación. Cuando en la ciudad de Madrid, se venían visando diariamente en torno a 90-100 certificados de defunción en esta época del año, se produjo un incremento claro y progresivo en este número desde el 23 de marzo, fecha en la que se superan los 324 certificados, alcanzándose cifras máximas de 391 en la primera semana de abril y con una evolución sostenida posterior, que se prolonga hasta el 10 de abril, fecha se vuelven a visar cifras inferiores a los 300 certificados (Gráfico 1). Desde entonces, y hasta el día de hoy, se siguen verificando/visando el doble de certificados de defunción que antes de declararse la pandemia COVID-19. El Servicio de Patología Forense del IMLCFCM tiene asignadas, entre sus funciones, la práctica de las autopsias en los casos de muerte violenta y sospechosa de criminalidad y la identificación de cadáveres. Este servicio está operativo durante las 24 horas del día, todos los días del año. En el mismo están destinados en la actualidad, a falta del nombramiento de los respectivos Jefes de Sección de Antropología, Histopatología y Prosectorado, 15 técnicos especialistas de autopistas, 3 trabajadores sociales, 3 fotógrafos y personal administrativo de los cuerpos generales de la Administración de Justicia. Debido a la situación creada por el estado de alarma por el COVID-19, en este Servicio hubo que establecer algunas modificaciones para evitar el colapso producido por el gran número de fallecimientos y, por otro lado, gestionar el personal disponible para evitar poner en riesgo y disponer de suficiente personal para cubrir posibles contingencias por incapacidad temporal (IT), exenciones por razón de edad o enfermedades crónica o cuidado de familiares, tal y como preveía la situación de Alarma sanitaria (Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19). Por este motivo se establecieron entre otras, las siguientes actuaciones: 1-. Trasladar a los depósitos temporales que se habían establecido 36 cadáveres de las cámaras de refrigeración del Servicio de Patología, auxiliados por la Unidad Militar de Emergencias (UME), con la finalidad de disponer de cámaras suficientes, en previsión de una afluencia masiva de cadáveres al Servicio. Este traslado fue gestionado por la Viceconsejería de Justicia. Dicho traslado se realizó guardando las debidas garantías sanitarias (en doble saco, desinfectado y enferetrados). 2-. Desinfección de los Servicios de Patología Forense y de Laboratorio Forense por la UME. 3-. Distribuir los efectivos de medios personales con el fin de preservar al personal de riesgos innecesarios -Hacer dos grupos de técnicos que cubran la mañana y la tarde -Preservar personal aislado convenientemente para cubrir contingencias tanto de técnicos de autopsias como de personal administrativo, disponiendo de un retén de personal que cubra las contingencias. 4-. Mantener el contacto diario del Jefe de Servicio con los médicos forenses de guardia para funciones de asesoramiento y recopilación de datos de las guardias de Madrid capital y periferia. 5-. Control diario de casos de Covid-19 que ingresan en el Servicio de Patología Forense 6-. Organizar, mantener y coordinar el stock de medios de protección para el personal del Servicio de Patología y suministrar diariamente dicho material entre los trabajadores. 7-. Coordinar y suministrar, junto con la Subdirección, la dotación de medios de protección necesarios para todos los médicos forenses de la Comunidad de Madrid. 8-. Establecer nuevos turnos entre los técnicos especialistas de autopsias para evitar, por un lado, que los equipos se vieran mermados por las contingencias que se iban produciendo y por otro lado evitar la exposición a un número elevado de trabajadores. Para ello, se redujeron los tres equipos que habitualmente se tiene establecido, por dos equipos reforzados para poder asumir IT y exenciones por cualquier otra circunstancia, limitando la asistencia de algún miembro de los equipos por turnos. Esta gestión permitió mantener siempre operativos técnicos suficientes para poder cubrir el servicio adecuadamente. Con estas medidas se pretendía evitar los dos problemas fundamentales: 1-. El colapso del Servicio de Patología, por no disponer de medios personales y materiales necesarios que pudieran cubrir las contingencias de personal que fueran produciéndose y que de hecho se produjeron (30 % de bajas entre los técnicos especialistas de autopsias y 40 % de personal administrativo en situación de IT o exención de trabajo) 2-. Evitar el riesgo de exposición innecesaria entre dicho personal y cumplir con las recomendaciones de la Autoridad Sanitaria en la fase de alarma y confinamiento. Debido a la situación del estado de alarma sanitaria se requirió que, de forma urgente, se posibilitara el establecimiento de depósitos temporales para dar destino al elevado número de fallecidos que se estaban produciendo en la Comunidad de Madrid (casi un 30 % del total de las muertes declaradas en toda España). Por este motivo, se reunió un gabinete de crisis conformado por la DGRHRAJ (en su representación asistió el Director del IMLCFCM), Consejería de Sanidad (en su presentación asistió la Dirección General de Sanidad Mortuoria) Dirección General de Infraestructuras de la Consejería de Justicia e Infraestructuras, Dirección General de Protección Civil (en su representación asistió la Dirección General de Seguridad, Bomberos de la Comunidad de Madrid) y el Ministerio de Defensa (representado por un mando de la UME) y representantes de las empresas funeraria que operan en Madrid. En esta reunión se estableció:  El programa informático para registrar y clasificar las entradas y salidas de cadáveres de los depósitos temporales  El personal responsable del control de entradas y salidas, evitando por razones obvias la asistencia de voluntarios  Control de seguridad a los recintos Dada la normativa existente en relación a la manipulación de cadáveres por las empresas funerarias, hubo que modificar la que corresponde al Reglamento de Policía Sanitarita Mortuoria que determina que, en exclusiva, serán los servicios funerarios los que se puedan hacer cargo de los traslados de fallecidos, ampliando esta actuación a los efectivos del UME y el cuerpo de bomberos de la Comunidad de Madrid para que estos pudieran colaborar en la realización de dichos traslados. Dentro de este dispositivo, se estableció el criterio de que las empresas funerarias fueran las que se harían cargo de los traslados a los depósitos temporales de los fallecidos en domicilios y en actuaciones judiciales donde hubiera dictamen de defunción. El traslado del resto de cadáveres (procedentes de hospitales de la Comunidad), se realizaría a través de las solicitudes que se hicieran a la UME que coordinaría dichos traslados. Dentro de esta actuación se enmarcó la que se realizó en el Servicio de Patología con el traslado de 36 cadáveres, todo ellos identificados y numerados adecuadamente. Se estableció el criterio de que todos los cadáveres deberían ingresar en los depósitos temporales con la siguiente documentación y acondicionamiento:  Certificado de defunción o  Dictamen de defunción  Enferetrados y desinfectados en doble sudario y con féretro precintado. Finalmente se requirió habilitar tres depósitos temporales:  Palacio de Hielo de Hortaleza con capacidad para 440 cadáveres.  Edificio del futuro IMLCFCM en Valdebebas, que dispuso de espacio para alojar 240 cadáveres.  Palacio de Hielo de Majadahonda, con capacidad para 162 cadáveres. Actualmente y a la fecha de este artículo, solo está abierto y operativo el correspondiente al futuro edificio del IMLCFCM. En el periodo comprendido del 9 de marzo al 20 de abril se produjo un incremento de fallecimientos en la Comunidad de Madrid, motivado por la Covid-19, que se refleja en las estadísticas de los organismos que recogen estas defunciones. Para valorar este incremento se han recogido los datos del mismo periodo en este año y el pasado 2019 para hacer una comparativa que nos pueda definir el impacto de la enfermedad en la población madrileña. Para obtener los datos del año 2019 se ha acudido a la información que proporciona el Centro Nacional de Epidemiología del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), concretamente a la información recogida sobre mortalidad diaria por todas las causas, que se obtiene del Registro General de Registros Civiles y Notariados del Ministerio de Justicia, distribuidos entre todas las Comunidades Autónomas y que incluye las 52 capitales de provincia, a través del Sistema de Monitorización de la Mortalidad diaria (MoMo)6 . Incluye las defunciones por todas las causas procedentes de 3.929 registros civiles informatizados, que representan el 92% de la población española. En el gráfico 2 se aprecia que la curva sufrió un incremento desde el comienzo del mes de marzo hasta llegar al pico de fallecimientos que se produjo el 28 de marzo, con 591 fallecimientos. Posteriormente la curva comenzó a decrecer progresivamente. En este periodo, en el Servicio de Patología ingresaron 152 cadáveres, de los que 96 correspondió a muertes naturales (63,1 %), lo que representa un dato semejante a periodos anteriores (66,20 %). De estas muertes, 15 de ellas fueron certificadas, lo que representa un 15,62 %, siendo un porcentaje manifiestamente alto en relación a otras fechas. Del total de las muertes naturales, 58 resultaron como "sospechosas de COVID-19", lo que representa el 60,4 % del total de las muertes naturales. Por otro lado, las muertes violentas corresponden a 55 ingresos, más una indeterminada. La comparativa entre estas fechas y las del pasado 2019 (Tabla 1) en relación a la etiología médico legal establece que el porcentaje por etiología médico legal se mantiene, pero baja de forma evidente las muertes accidentales. Esto hace que en números relativos, el porcentaje de muertes de etiología suicida se incremente. Los autores de este artículo quieren agradecer a todos los profesionales sanitarios y personal auxiliar de todos los centros asistenciales de España la actuación generosa, profesional y humanitaria que están desarrollando y el reconocimiento a su labor, a costa del sacrificio personal y familiar que les está generando. También quieren reconocer la labor en su actividad y el esfuerzo de todos los profesionales que integran el IML de la Comunidad de Madrid y las difíciles condiciones de trabajo en la que están desarrollando su labor. Disponible en: 3 ORDEN 123/2019, de 27 de septiembre, de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se publica la relación de puestos de trabajo del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid (BOCM Núm. 238 de 17 de octubre de Interior y Víctimas, por la que se dispone la entrada en funcionamiento del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid (BOCM 28 de enero de 2020) por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE núm. 67, de 14 de marzo de 2020